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¿Te pueden imponer una derrama sin consenso?
Un juzgado de Jaén dice NO.

🏛️ Caso de éxito: nulidad de cuotas extraordinarias impuestas sin respeto a la voluntad de la Junta📍Conseguimos que el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén dicte Sentencia estimatoria con imposición de costas a la Comunidad

Un grupo de propietarios de un complejo residencial acudió a nuestro despacho tras verse obligados a asumir cuotas extraordinarias de elevada cuantía, aprobadas en dos juntas consecutivas, para acometer supuestas obras “urgentes” en zonas comunes (piscina y pista deportiva).

El conflicto no residía en la necesidad de mantenimiento —que nadie discutía—, sino en cómo se adoptaron los acuerdos: Se impusieron cuotas extraordinarias sin un proyecto técnico independiente, y se utilizaron presuntos informes verbales de la Administración nunca acreditados. El presidente de la comunidad, además, elaboró personalmente el informe técnico de la reparación, pese a que la Junta había acordado expresamente que no lo hiciera, impidiendo el debate real de las obras y su alcance, presentando los acuerdos como obligatorios y urgentes.

Ante esta situación, varios comuneros decidieron defender judicialmente sus derechos.

 

⚖️ La estrategia jurídica:

Impugnación sólida y preparación del pleito, consiguiendo demostrar que las obras no eran urgentes ni de obilgado cumplimiento, de manera que el presidente no debe sustituir la voluntad soberana de la Junta, ni imponer obras, presupuestos o cuotas amparándose en interpretaciones expansivas de la ley.

Además, se superaron con éxito las excepciones procesales planteadas por la comunidad (caducidad de la acción y falta de legitimación), reforzando la posición procesal de los demandantes desde una perspectiva técnica y estratégica.

 

🧠 La sentencia:

El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Jaén estimó íntegramente la demanda y recogió los siguientes extremos:

✅ La nulidad de los acuerdos adoptados en ambas juntas

✅ La inexistencia de urgencia que justificara actuar sin acuerdo

✅ La imposibilidad de imponer cuotas extraordinarias sin debate ni soporte técnico válido

✅ La imposición de costas a la Comunidad demandada.

 

El Juzgado fue especialmente claro al recordar lo siguiente:

“El presidente no puede imponer unilateralmente el tipo de obra ni su financiación, obviando la capacidad de decisión de la Junta de Propietarios”.

📌 ¿Qué enseña este caso?

Este caso confirma algo esencial: Las comunidades no pueden funcionar al margen de la ley. La urgencia no se presume, se acredita, y los propietarios sí tienen herramientas jurídicas eficaces para frenar determinados abusos.

Impugnar acuerdos comunitarios no es ir contra la comunidad, sino defender la legalidad y el equilibrio entre derechos y obligaciones.

 

🤝 ¿Te encuentras en una situación similar?

Si en tu comunidad se han aprobado cuotas, derramas u obras sin transparencia, sin debate o sin respaldo legal, es fundamental analizar jurídicamente el acuerdo antes de asumirlo.Una correcta estrategia procesal puede marcar la diferencia entre pagar una cuota injusta o anularla judicialmente.

 

 

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