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NO CONTROLO A MI HIJO, EMANCIPACIÓN

  • monrealabogados
  • 26 may 2022
  • 1 Min. de lectura

Nuestro ordenamiento jurídico responsabiliza civilmente a los progenitores de todo aquello que hagan sus hijos o hijas, y hay que matizar civilmente porque aunque un menor cometa un delito sus progenitores solo responderán respecto a la indemnización que se determine en sentencia, nunca tendrán responsabilidad penal por aquello que cometa su hijo o hija, es importante recordar que la responsabilidad penal es exclusiva de la persona que comete el delito.


¿Qué hago si mi hijo está descontrolado y tiene una larga lista de antecedentes penales? Lo que recomendamos a aquellos progenitores que se encuentran en una situación de desesperación respecto a sus hijos es la posibilidad de la emancipación.


La emancipación es un procedimiento de nuestro sistema por el cual el menor adquiere las capacidades jurídicas de un adulto, tomando las decisiones como tal respecto a su vida, esta situación de emancipación se adquiere automáticamente al cumplir los 18 años, pero hay otros modos:

  1. La mayoría de edad

  2. matrimonio del menor de al menos 16 años con un mayor de 18 años.

  3. por concesión de los que ejerzan la patria potestad

  4. por concesión judicial

A partir de los 16 años esta puede ser solicitada simplemente mediante escritura pública o por comparecencia ante el juez del Registro Civil. Siempre deberá existir consentimiento del menor. Posteriormente la emancipación debe ser inscrita en el Registro Civil para que tenga efectos legales.


Es muy importante saber que una vez concedida la emancipación no hay vuelta atrás, así que ante cualquier duda estamos a vuestra disposición para explicaros detalladamente los pros y contras de este procedimiento.



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