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¿Te han incluido en ASNEF, RAI o Experian sin motivo? Exige tu compensación económica

  • Foto del escritor: María Teresa Olivares García
    María Teresa Olivares García
  • 4 jul
  • 3 Min. de lectura

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¿Sabías que una inclusión indebida en un fichero de morosos puede vulnerar tu derecho fundamental al honor y darte derecho a una indemnización por daños morales y patrimoniales?


En Monreal & Olivares, despacho especializado en protección de datos y derecho civil, defendemos a personas y empresas que han sido injustamente señaladas como morosas. Y lo hacemos con una herramienta poderosa: la ley.


🔍 ¿Qué son los ficheros de morosos?

Se trata de sistemas de información crediticia como ASNEF, RAI, Experian, o el Registro de Impagados Judiciales (RIJ). Su objetivo es valorar la solvencia de potenciales clientes, pero en la práctica, pueden convertirse en una forma de presión ilegítima para forzar el pago de deudas discutidas o inexistentes.

El problema surge cuando se utilizan de forma incorrecta, sin cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

⚖️ ¿Cuándo es ilegal una inclusión en un fichero de morosos?

✅ La deuda debe ser cierta, vencida y exigible.

No puede haber sido discutida judicial, administrativa o extrajudicialmente.

✅ Debes haber recibido un requerimiento previo de pago.

✅ Debes haber sido informado previamente de la posibilidad de ser incluido en un fichero.

✅ Debes haber sido notificado después de tu inclusión.


Si alguno de estos requisitos no se ha cumplido, tu inclusión puede considerarse una intromisión ilegítima en tu derecho al honor.


⚠️ ¿Por qué es grave esto?

Porque te están tratando como moroso sin que necesariamente lo seas. Y eso puede:

  • Perjudicar tu reputación personal y profesional.

  • Impedirte acceder a créditos, hipotecas o servicios.

  • Disminuir tu imagen de solvencia.

  • Afectar a tu negocio, si eres empresario o autónomo.

El Tribunal Supremo lo ha reiterado: la mera posibilidad de que terceros consulten tu “supuesta” morosidad ya supone una vulneración del derecho al honor, aunque nadie lo haya hecho todavía.


💰 ¿A qué indemnización tienes derecho?

🔹 Daño moral

El daño moral se presume en estos casos. No necesitas probar estrés, ansiedad o sufrimiento psíquico: basta con acreditar que la inclusión fue indebida.

🧑‍⚖️ “La existencia de perjuicio se presumirá siempre que se acredite la intromisión ilegítima.”(Art. 9.3 LO 1/1982)

🔹 Indemnizaciones por daño moral:

  • Oscilan habitualmente entre 3.000 € y 10.000 €, según el tiempo de permanencia, el número de consultas, y la conducta del acreedor o del fichero.

  • En casos graves o reiterados, la indemnización puede superar los 20.000 €, especialmente si hay múltiples inscripciones, negativa reiterada a cancelar los datos o difusión amplia.

🔹 Daño patrimonial

Si te deniegan un préstamo, te suben los intereses o pierdes una oportunidad comercial, también puedes reclamar una compensación económica por ese perjuicio real.

💡 Ejemplo real: Una pyme que no pudo renovar una línea de crédito por una inclusión indebida recibió más de 15.000 € en indemnización tras una sentencia favorable.

👨‍💼 ¿Qué puedo hacer si estoy en esta situación?

  1. Solicita la cancelación inmediata de tus datos al responsable del fichero.

  2. Reclama por vía administrativa ante la Agencia Española de Protección de Datos.

  3. Demanda por vía civil al acreedor o al responsable del fichero para exigir tu indemnización.

En Monreal & Olivares te acompañamos en cada paso. Evaluamos tu caso y, si lo vemos viable, interponemos demanda para exigir que se repare tu honor y se compense el daño sufrido.


📞 ¿Te han incluido injustamente en un fichero de morosos?

No estás solo. Recupera tu honor. Y tu dinero.

➡️ Puedes ponerte en contacto con nosotros a través de las vías de contacto que dejamos a tu disposición pinchando en el siguiente enlace: ¿CONECTAMOS?

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